El 21 de Mayo de 1813 se declaró abolidos los títulos y privilegios de nobleza. Se estableció la “libertad de vientres”, una forma parcial de abolición de la esclavitud, ya que sólo contemplaba a quienes nacieran luego de esa fecha. Los que ya eran esclavos quedaban esclavos. De todos modos hubo demasiadas excepciones como para considerarla una abolición real.
La abolición total fue formalmente establecida por la constitución de 1853:
Art.15. En la Nación Argentina no hay esclavos: los pocos que hoy existen quedan libres desde la jura de esta Constitución; y una ley especial reglará las indemnizaciones a que dé lugar esta declaración. Todo contrato de compra y venta de personas es un crimen de que serán responsables los que lo celebrasen, y el escribano o funcionario que lo autorice. Y los esclavos que de cualquier modo se introduzcan quedan libres por el solo hecho de pisar el territorio de la República.
También prohibió el uso de los instrumentos de tortura, que fueron quemados en la Plaza de Mayo.