Es un día en el que se reivindican derechos para las personas que realizan su trabajo en las tiendas de las ciudades o en los centros comerciales.
El origen de la fiesta lo encontramos en el año 2009, cuando fue modificado el Articulo Nº76 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 en el cual se estableció que se tenía que celebrar el 26 de septiembre el Día del Empleado de Comercio.
La Ley 26.541 establece en su artículo 1º el establecimiento de día de descanso para todos aquellos empleados de comercio. Según el artículo 2º de la Ley 26.541 establece que los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
Como hemos visto según la Ley, es un día de descanso y por ello las tiendas permanecerán cerradas. Sin embargo hay muchas tiendas que abren sus puestas a los clientes en las que trabajan un gran número de personas que deberían de disfrutar de un día de descanso. En este caso los sindicatos reivindican los derechos de cada uno de estos trabajadores para que no se encuentran forzados en acudir el centro de trabajo un día como hoy, así como de informarles de los derecho que tienen en estas circunstancias.
Es importante destacar que en los días no laborables para los trabajadores, serán ellos mismos los que decidan hacerlo excepto ciertas profesiones que se rigen por su propia reglamentación como las personas que trabajan en bancos, seguros, etc. Para todos los demás trabajadores que no trabajen, el trabajador recibirá el salario correspondiente a ese día.