Notice: Function _load_textdomain_just_in_time was called incorrectly. Translation loading for the wp-whatsapp-chat domain was triggered too early. This is usually an indicator for some code in the plugin or theme running too early. Translations should be loaded at the init action or later. Please see Debugging in WordPress for more information. (This message was added in version 6.7.0.) in /home/fmtradicion971.com/public_html/wp-includes/functions.php on line 6114

Notice: La función _load_textdomain_just_in_time ha sido llamada de forma incorrecta. La carga de la traducción para el dominio astra se activó demasiado pronto. Esto suele ser un indicador de que algún código del plugin o tema se ejecuta demasiado pronto. Las traducciones deberían cargarse en la acción init o más tarde. Por favor, ve depuración en WordPress para más información. (Este mensaje fue añadido en la versión 6.7.0). in /home/fmtradicion971.com/public_html/wp-includes/functions.php on line 6114
3 DE abril, día de la EMPLEADA DOMESTICA. – TU RADIO AMIGA

3 DE abril, día de la EMPLEADA DOMESTICA.

Este miércoles 3 de abril las empleadas domésticas gozarán de un día no laborable dispuesto por ley y sin pérdida de la remuneración, por el Día del Personal de Casas Particulares.

Y, en caso de que tengan que trabajar, su jornada deberá ser remunerada al doble, recordaron desde la delegación local del Sinpecaf (Sindicato del Personal de Casas Particulares).

En 2015, el Ministerio de Trabajo de la Nación instituyó el 3 de abril de cada año como el Día del Personal de Casas Particulares, en conmemoración por la fecha en que fue definitivamente promulgada la Ley de Trabajo en Casas Particulares, en 2013.

De esta manera, dicho día es no laborable para las empleadas de este sector, por lo que deben gozar del descanso dispuesto por ley.

Según indica el Ministerio de Trabajo, este día es considerado no laborable, es decir, sin pérdida de la remuneración. “En caso de que el personal prestare tareas en dicho día festivo, su remuneración se incrementa con un recargo equivalente al 100% del salario diario”.

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